Cómo usar las cesantías para pagar anticipadamente la educación de tus hijos

El Gobierno anunció una nueva modalidad de retiro de cesantías para financiar la educación superior de hijos y dependientes de los trabajadores.


Noticias RCN

octubre 03 de 2019
08:58 a. m.
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Actualmente es posible retirar las cesantías en diferentes casos como: termino de contrato laboral, para comprar vivienda o renovarla y educación en caso de matrícula o pago de semestre cursado. Pero el beneficio se amplió, el presidente Iván Duque y los ministros de Trabajo, Hacienda, Vivienda y Educación firmaron el decreto 1562 de 2019 que permite retirar las cesantías para financiar la educación superior de los hijos o dependientes a través de ahorro programado y seguro educativo.

¿Qué cambia con la nueva medida?

Los padres de familia tienen una alternativa disponible para ahorrar los recursos que a futuro servirán para financiar la educación superior de sus hijos. 

El viceministro de Empleo y Pensiones, Andrés Felipe Uribe Medina, indicó que la iniciativa busca “básicamente es democratizar la educación. Hoy en día mucha gente se puede ver a gatas para financiar la educación superior de sus hijos”.

Esto se puede hacer a través de ahorro programado o seguro educativo. 

Ahorro programado

Permite destinar un flujo de recursos para un fin determinado, en este caso, construir anticipadamente un capital que respalde el gasto futuro en la educación superior de los hijos o dependientes del trabajador. 

Seguro educativo

Permite, mediante el pago de una prima, obtener una cobertura financiera a futuro para el mismo propósito.

¿Solo sirve para carreras profesionales?

No, el dineo puede ser usado para carreras técnicas, tecnológicas o profesionales.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio?

Hay entidades financieras o compañías de seguridad que ofrecerán estos programas de ahorro programado o seguro educativo.

Para acceder a la iniciativa debe cumplir los siguientes requisitos:

-Certificado de existencia y representación de la entidad con la que contrató el ahorro programado o el seguro educativo. 
-Copia del contrato suscrito y/o póliza de seguro suscrito con la entidad. 
-Copia de la factura y/o cuenta de cobro o cualquier documento que haga sus veces con destino a la entidad con la cual contrató el ahorro programado o seguro educativo para educación superior según corresponda. 
- Los registros civiles correspondientes o las declaraciones extrajuicio, según corresponda. 
-Certificado expedido por la autoridad competente que determine los factores físicos o psicológicos que originan la situación de dependencia, cuando sea el caso.

En cinco días el fondo de cesantías debe girar a la entidad que está haciendo el ahorro programado.

¿Se pueden seguir usando las cesantías para estudio como se venía haciendo?

Sí, el nuevo decreto no afecta la utilización de las cesantías en los casos ya planteados con anterioridad.

Si el trabajador desea retirar las cesantías para  financiar pagos por concepto de matrículas o semestres en entidades de educación superior reconocidas por el Estado debe cumplir los siguientes requisitos:

-Copia del recibo de matrícula en el que se indique el valor de la misma, así como el nombre y número de identificación tributaria - NIT de la institución educativa.

-Copia de la licencia de funcionamiento o acto de reconocimiento, según sea el caso, de la institución educativa expedido por el competente, así como la autorización y nombre del programa a cursar.

-La calidad de beneficiario, esto es: la condición de cónyuge, compañera o compañero permanente o de hijo del trabajador, mediante la presentación de los registros civiles correspondientes o declaraciones extrajuicio en el evento en que el beneficiario sea compañero o compañera permanente, donde se especifique que el tiempo de convivencia ha sido igual o superior a dos (2) años.

-En el caso de retiro para el pago de créditos educativos, aportar certificado de crédito otorgado y estado de cuenta, en la que se refleje el nombre del deudor, saldo de la deuda o el valor a pagar y se acredite la realización del pago a la institución educativa.

Las cifras 

En Colombia más de nueve millones de trabajadores tienen derecho a cesantías. Este año las empresas consignaron más de 8 billones de pesos por este concepto.

La Superintendencia Financiera de Colombia indica que el 75,5% del recaudo lo hicieron los cuatro fondos privados de pensiones y cesantías que en conjunto tienen 7,5 millones de afiliados. 

A su vez, el 24,5% restante lo hizo el Fondo Nacional del Ahorro, que, al 31 de diciembre de 2018, tenía 1,85 millones de afiliados.

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