Cámara de Representantes citó a debate de moción de censura al ministro de Salud, Guillermo Jaramillo
El legislativo citó al ministro Guillermo Jaramillo por distintos motivos: crisis de medicamentos, aseguradoras, gestión de la Adres, giros EPS y otros temas.
Noticias RCN
11:26 a. m.
En las últimas horas se conoció el documento en el que la Cámara de Representantes del Congreso de la República cita a debate de moción de censura al ministro de Salud Guillermo Jaramillo "por asuntos relacionados con las funciones propias de su cargo".
La diligencia se llevará a cabo el próximo 29 de febrero a las 10:00 de la mañana. De acuerdo con el documento, los legisladores "fundamentan esta iniciativa en que el el señor ministro está, presuntamente, desconociendo y vulnerando sus obligaciones en distintos asuntos".
Se trataría, principalmente, sobre la crisis en el desabastecimiento de medicamentos, persecución de las aseguradoras, la gestión de la Adres y los recursos de las EPS, entre otros temas de interés.
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¿Por qué citaron a moción de censura al ministro de Salud?
En el texto los firmantes indican que son distintos los motivos por los que cuestionarán la gestión del ministro Jaramillo que fueron enumerados:
- La crisis de desabastecimiento e insumos de medicamentos
- Persecución de las aseguradoras
- Malos resultados de la Adres en la administración y gestión de los recursos del Soat
- Retrasos en los giros mensuales de los recursos de presupuestos máximos de las EPS
- Incumplimiento de las órdenes judiciales
- Principio de buena fe y responsabilidad pública
- Crisis financiera del sistema de salud
Convóquese a sesión plenaria el día 29 de febrero, a partir de las 10:00 de la mañana, con el propósito de escuchar al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, sobre los hechos que originan la presente solicitud moción de censura.
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Negaron tutela de Minsalud contra 21 EPS
El Ministerio de Salud había presentado una tutela en la que demandaba a 21 EPS por el incumplimiento financiero y riesgo en la seguridad social de salud, sin embargo, el juzgado 33 penal municipal de Bogotá negó este recurso por improcedente.
En el documento emitido se lee lo siguiente: "Negar el amparo reclamado en esta acción de tutela por el doctor Rodolfo Enrique Salas Figueroa en su calidad de director Jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva este fallo".
El demandante señala que las entidades promotoras de salud están en la obligación de suministrar a sus afiliados los medicamentos que están cubiertos por el plan obligatorio. Además, indican que los medicamentos y demás servicios hacen parte del sistema, que son financiados con fuentes múltiples, y no se estaría cumpliendo con ello.
La juez del caso aseguró que no existen motivos suficientes por los cuales se interpuso la tutela, por lo que se pierde su razón por falta de objeto.