Corte Suprema anula libertad de miembros de la primera línea que son voceros de paz

Se encontraban detenidos antes de su designación. Están acusados de concierto para delinquir y lanzamiento de objetos peligrosos, entre otros delitos.


Corte anula libertad de miembros de la primera línea
Foto: Noticias RCN.

Noticias RCN

febrero 22 de 2024
12:14 a. m.
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Este 22 de febrero de 2024, la Corte Suprema de Justicia, mediante una acción de tutela presentada por la Procuraduría General de la Nación, anuló la libertad de Santiago Márquez Chárriz y Adriana Esperanza Bermeo Sua, miembros de la primera línea.

La resolución se basó en la detección de irregularidades en el proceso judicial, señaladas por la Procuraduría General de la Nación.

Estos individuos habían sido liberados el 20 de diciembre de 2022 por la juez coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Bogotá, previamente detenidos antes de su nombramiento como voceros de paz por la Presidencia de la República.

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¿Qué son los voceros de paz?

Los voceros de paz son una figura creada por el Gobierno Nacional. Su labor consiste en contribuir a gestionar e implementar acuerdos humanitarios. La designación de estas personas como mediadores de paz no suspende ni pone fin, en ningún caso, a los procesos judiciales.

Los individuos mencionados fueron procesados por delitos que incluyen concierto para delinquir, empleo o lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos, tenencia, fabricación y tráfico de sustancias u objetos peligrosos, así como violencia contra servidor público.

Procuraduría asegura que la liberación fue un error

El Procurador 154 Judicial II Penal de Bogotá mencionó que la juez encargada de coordinar el Centro de Servicios Judiciales de Bogotá suspendió la medida de aseguramiento sin seguir el principio de oralidad y de doble instancia, y sin convocar a una audiencia pública

Según el ministerio público, se trató de un error ya que privó a las partes involucradas de la oportunidad de enterarse adecuadamente de la decisión e interponer los recursos legales correspondientes. Esto contradice principios fundamentales del Sistema Penal Acusatorio.

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