Ordenan eliminar antecedentes judiciales de quienes ya cumplieron su condena
La Corte Suprema de Justicia dio la orden de eliminar de sus bases de datos a los ciudadanos que cumplieron una sentencia condenatoria.
Noticias RCN
06:36 p. m.
En las últimas horas se conoció una decisión de la Corte Suprema de Justicia que ha generado distintas posiciones. Se trata de eliminar de las bases de datos de la justicia colombiana los nombres de los hombres y mujeres que hayan cumplido a cabalidad una sentencia condenatoria.
Aunque serán borrados los antecedentes judiciales, la sentencia que condenó a la persona seguirá siendo pública.
Esta orden fue expedida por la Corte Suprema para ser acatada por las autoridades judiciales, quienes tendrán que borrar toda información de antecedentes de las personas que cumplieron con sus procesos penales.
En virtud del derecho al olvido y el principio de caducidad del dato negativo, se impone suprimir los nombres de las personas condenadas cuando jurídicamente se ha declarado el cumplimiento de la pena o su prescripción, dijo la Corte.
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Razones por las que no habrá pasado judicial
Este tema había sido ampliamente discutido por el alto tribunal como una razón para la reinserción social de quienes cumplieron una condena ante la justicia colombiana.
“Al ponderar la tensión entre el derecho a la intimidad y al buen nombre (…), con el deber de divulgación de las sentencias judiciales, la Sala ha señalado que si bien sus providencias condenatorias o referidas a fallos de condena se deben ofrecer íntegras al público en general, permitiendo así que los ciudadanos accedan a ellas mediante los buscadores web”, señaló el alto tribunal.
Este beneficio será aplicado únicamente a las personas que cumplieron satisfactoriamente con la pena establecida por un juez de la República. Demostrando que está en condiciones para reincorporarse plenamente en la sociedad.
Más adelante, el documento señala que, “se mantendrá íntegro en los archivos de la Corporación, conforme las reglas del derecho de acceso a la información pública y podrá consultarse directamente en las oficinas donde reposa”.
Es decir que, pese a que se elimine el pasado judicial de un exconvicto, las especificaciones de sus condenas seguirán siendo de carácter público.
El pronunciamiento del alto tribunal se dio en medio de la negación de una petición de un ciudadano que solicitó eliminar de sus antecedentes una condena de 80 meses de prisión por el delito de lavado de activos. Sin embargo, la Corte indicó que no se había comprobado la extinción de pena, razón por la cual no fue procedente.
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