Devolución del IVA 2024: anuncian nuevos beneficiarios que recibirán dinero, estos son los grupos del Sisbén
El programa de subsidios volverá en el segundo semestre de 2024. Hay dos millones de cupos, conozca si usted está.
Noticias RCN
07:29 p. m.
El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social ha anunciado la ampliación del programa Devolución del IVA para el año 2024.
Esta iniciativa, enmarcada en la estrategia de "equidad en el sistema tributario", busca aliviar el impacto del impuesto sobre las ventas (IVA) en los hogares más vulnerables del país.
Se espera que los nuevos pagos comiencen durante el segundo semestre del año. Por el momento, el DPS ha estado realizando un pago extraordinario para aquellos hogares que no cobraron giros del 2023.
Estos son los nuevos beneficiarios de la Devolución del IVA
Como estableció en su resolución 0552, para el 2024 serán potenciales beneficiarios las familias consideradas en pobreza que están registradas en el Sisbén IV.
- Hogares en situación de pobreza extrema: A partir de la segunda mitad del 2024, se incorporarán al programa los hogares clasificados en los grupos A01, A02, A03, A04 y A05 del Sisbén IV, así como los hogares indígenas sin clasificación en el Sisbén.
- Hogares en pobreza moderada: Se amplía la cobertura a los hogares ubicados en los grupos B01, B02, B03 y B04 del Sisbén IV, siempre y cuando no hayan recibido transferencias monetarias condicionadas en el marco de otros programas sociales durante el mismo periodo.
No obstante, para aplicar a ello, se deben en tener ciertos aspectos importantes. Por ejemplo, las condiciones socioeconómicas como la información de los potenciales beneficiarios en el Sisbén y en el Registro Social de Hogares.
Además de ello, los reguladores verificarán qué tipo de jefatura tiene el hogar, así como el número de niñas, niños, adolescentes y jóvenes menores de 18 años.
Finalmente, también se revisará si esta familia recibe otros subsidios o ayudas.
¿Cómo se reciben los pagos de Devolución del IVA?
Los pagos de la Devolución del IVA se realizan por ciclos bimestrales, directamente a la cuenta bancaria registrada por el beneficiario. En caso de no tener una cuenta bancaria activa, se puede solicitar el pago a través de giro postal.