Gobierno promulgó nueva ley de extinción de dominio

La nueva normativa busca darle un mejor uso a los bienes expropiados y agilizar este proceso. Este año se tiene presupuestada la incautación de bienes por $ 8 billones.


El presidente recibe la placa que certifica a Colombia libre de la Oncocercosis. Foto: oficial

Noticias RCN

julio 21 de 2017
03:00 p. m.
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El presidente, Juan Manuel Santos, promulgó este viernes una ley para combatir el crimen organizado, el narcotráfico y la corrupción que acelera los procesos de embargo de bienes ilegales e incentiva la denuncia ciudadana.

"Con esta Ley tendremos más herramientas para luchar con más eficacia contra el narcotráfico, contra la corrupción y contra el crimen organizado", dijo Santos al promulgar la Ley 1849 que modifica el Código de Extinción de Dominio.

Según la Fiscalía, en lo corrido del año, las incautaciones llegan a los $4.5 billones. del valor de las propiedades incautadas: $1.6 billones eran de las Farc.

"A las Farc en este momento, tenemos incautaciones del orden de 1.6 billones de pesos", aseguró Néstor Humberto Martínez, Fiscal General.

Asimismo, el Fiscal aseguró que estos bienes pueden ser utilizados en la financiacion de partidos políticos como lo proponen las Farc por su procedencia ilícita.

"Estos activos son ilícitos y tienen que ser objeto de extinción de dominio", indicó Martínez.

Por su parte, el mandatario señaló que se recompensará a los ciudadanos con procesos en curso que informen sobre la existencia de bienes de su propiedad o ajenos sujetos a una extinción de dominio por parte de las autoridades, informó la Presidencia en un comunicado.

Santos detalló que la recompensa será equivalente al 5 % del valor de la venta del bien con un límite de 2.500 salarios mínimos.

"Le damos más dientes, más herramientas, más capacidad a las autoridades para combatir el crimen organizado, el narcotráfico y la corrupción", resaltó el mandatario.

Paralelamente, la nueva normativa busca darle un mejor uso a los bienes expropiados y agilizar este proceso.

Así, el Estado podrá hacer uso temprano de estos, distribuyéndolos, demoliéndolos o procediendo a su destrucción cuando representen "un peligro para el medio ambiente o estén generando un costo desproporcionado al Estado".

A su vez, las propiedades rurales afectados por extinción de dominio pasarán a la Unidad de Tierras y del Fondo Nacional de Tierras.

NoticiasRCN.com / EFE

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