Los 7 puntos de la CIJ sobre el litigio entre Colombia y Nicaragua
El fallo proferido por la Corte Internacional de Justicia se refiere a los derechos y soberanía de ambos países en el Mar Caribe.
Noticias RCN
11:18 a. m.
La Corte Internacional de Justicia emitió este 21 de abril el fallo correspondiente a uno de los litigios entre Colombia y Nicaragua, por las presuntas vulneraciones a los derechos soberanos y espacios marítimos en la zona que comprende el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
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Este caso, correspondiente a una demanda impuesta por Nicaragua en noviembre del 2013, es diferente al litigio que busca esclarecer la delimitación marítima de ambos países por una supuesta plataforma continental extendida de las dos naciones, el cual sigue en curso en los estrados de la Corte.
En la reciente decisión de la CIJ quedó claro que sí existieron violaciones de Colombia sobre las aguas Nicaragüenses, sin embargo, esto no motivó un castigo económico para la nación, pues también se reconocieron algunos puntos promovidos por el Estado colombiano sobre derechos y costumbres que podrían continuar dentro de la zona contigua integral.
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Puntos clave del fallo
- La Armada de Colombia puede continuar haciendo presencia en el Caribe y realizando tareas correspondientes a la lucha contra los delitos transnacionales y el narcotráfico.
- Se conservó la zona contigua integral colombiana y se mantuvo la integridad e indivisibilidad del Archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y los Cayos, permitiendo a Colombia proteger su patrimonio cultural sumergido.
- La Corte protege los derechos que tienen los Raizales de navegar libremente para llegar a los bancos de pesca en aguas colombianas, y Nicaragua no puede impedir su libre tránsito.
- Fue aceptada la contrademanda de Colombia sobre el decreto ilegal de Nicaragua de puntos y líneas de base, al ser considerado violatorio del derecho internacional y de los derechos del país.
- La Corte se abstuvo de hablar sobre el principio constitucional mediante el cual los límites de Colombia solo pueden ser modificados mediante un tratado aceptado por el Congreso de la República.
- La Corte reconoció algunos hechos irregulares ejecutados por la Armada Nacional en la zona, sin embargo no le reconoció a Nicaragua indemnización alguna.
- El caso fue cerrado definitivamente y se decidió que la Corte no conservará su jurisdicción sobre este o sobre las actividades de Colombia, tal y como lo pretendía Nicaragua.