Javier Acosta: los requisitos que debe cumplir un paciente en Colombia para que le realicen la eutanasia
En Colombia hay un decreto en el que se explica cómo es el procedimiento de recepción, trámite y reporte de las solicitudes de eutanasia. Estos son los detalles:
Noticias RCN
11:42 a. m.
El caso de Javier Acosta, el hincha de Millonarios al que le aplicaron la eutanasia durante el medio día del 30 de agosto, conmovió a toda Colombia e, incluso, a ciudadanos extranjeros.
A sus 36 años, tras batallar cinco años con una osteomielitis y enterarse de que tenía cáncer en la sangre, Javier decidió someterse a ese procedimiento. Además, contó con el apoyo de sus familiares, que a través de una videollamada lo acompañaron hasta el último momento, le permitieron escuchar su merengue favorito y le hicieron saber cuánto significa él en sus vidas.
¿Pero, qué requisitos se deben cumplir para solicitar una eutanasia en Colombia?
Según un decreto del 1 de julio de 2021, el cual fue firmado por Fernando Ruiz Gómez, exministro de Salud y Protección Social, hay tres requisitos mínimos para poder presentar la solicitud de eutanasia y que la misma sea avalada. Estos son:
- La presencia de una condición clínica que se considere que es avanzada e incurable. En este caso se tienen en cuenta las enfermedades terminales o que estén causando agonía.
- Que el paciente esté presentando un sufrimiento secundario por la enfermedad que padece.
- Que la persona pueda expresar de manera directa que tiene intenciones de someterse al proceso de eutanasia.
“La solicitud de eutanasia debe ser voluntaria, informada, inequívoca y persistente. Puede ser expresada de manera directa por el paciente por medio de una declaración verbal o escrita, y de manera indirecta a través de un documento de voluntad anticipada, en los términos de la normativa vigente al momento de su suscripción”, se aclara en el decreto del 1 de julio de 2021.
Esto es lo que ocurre después de que un paciente presenta la solicitud de eutanasia
La solicitud debe ser recibida por un médico para que, en primer lugar, verifique que en realidad el paciente es el que está demostrando la voluntad de someterse a ese procedimiento. Además, para que valide que cumple los requisitos mínimos, registre la petición en la historia clínica e informe al Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad.
“En caso de que el médico tenga dudas sobre cualquiera de los requisitos mínimos, debe activar al Comité para que adelante las verificaciones pertinentes”, se explica en el decreto.
Una vez el paciente solicite la eutanasia, el médico debe informarle que tiene el derecho de someterse a terapias y cuidados paliativos. Asimismo, que puede cancelar la petición si así lo requiere.
Sin embargo, en el caso de que la persona esté convencida de que definitivamente quiere someterse al proceso, el Comité Científico evalúa la enfermedad terminal, el sufrimiento que se está padeciendo y la inexistencia de probabilidades de cura.
“Las valoraciones, evaluaciones y la verificación de condiciones deben darse dentro de los diez días calendario siguientes a la expresión de la solicitud”, concluye el decreto.