Así puede calcular cuánto debe recibir de mesada en Colpensiones
El monto de la mesada es uno de los puntos que el gobierno estaría examinando en la reforma pensional.
Noticias RCN
06:00 p. m.
A la espera de la consolidación de la propuesta para la reforma pensional, liderada por el ministerio de Trabajo que será radicada en marzo, millones de colombianos tienen los ojos puestos en los temas centrales del proyecto de ley, especialmente los ciudadanos que ya han alcanzado su retiro y reciben mes a mes la mesada que corresponde a su pensión.
Este jueves se conoció que el Gobierno Nacional estaría evaluando la posibilidad de modificar el cálculo de las mesadas en Colpensiones, el cual sería uno de los temas que se estarían examinando durante las reuniones para la discusión del proyecto de ley.
En diálogo con Noticias RCN, la vicepresidenta jurídica de Asofondos, Clara Elena Reales, aseguró que el “Gobierno ha mencionado que va a poner un umbral máximo de esas cotizaciones que van necesariamente al régimen público y eso automáticamente acota el monto de la pensión máxima financiada por el Estado”, sin embargo, el aún no se conocen más detalles de los cambios en este cálculo y por ahora seguiría funcionando de la misma forma.
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¿Cómo se calculan las mesadas de Colpensiones?
De acuerdo con información de Colpensiones, en el régimen público el valor de la pensión se calcula sobre el Ingreso base de liquidación (IBL), que es el promedio sobre los salarios o rentas sobre los que un afiliado ha cotizado en los últimos diez años anteriores al reconocimiento de la pensión, es decir, es decir, se calcula con base en los 10 años de aportes efectuados previos al cumplimiento del requisito de edad y tiempo del solicitante.
En este punto, el monto oficial para la pensión por vejez equivale a 65% mensual de ese promedio, sin embargo, si el afiliado lo desea y luego de cumplir con la edad y las 1.300 semanas de cotizaciones busca incrementar el porcentaje de su IBL, puede continuar cotizando y por cada 50 semanas cumplidas de forma adicional, el porcentaje de la pensión será incrementado en un 1.5%.
Cabe resaltar que el techo máximo al que puede alcanzar sobre el ingreso base de liquidación es el 80% y, además, por ley la mesada no puede ser menos al salario mínimo mensual vigente ni superior a los 25 SMLMV.
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Así entonces, para liquidar la pensión de un trabajador cuyo promedio de IBL es de $4.000.000 de pesos, que alcanzó las 1.300 semanas de cotización debe dividir
- Dividimos el IBL ($4 millones) entre el SMLMV ($1.160.000) = 3.44
- Multiplicamos 3.44 x 0.5 = 1.72
- Ahora, a 65.5 le restamos 1.72 = 63.78%
- Por último, multiplicamos el IBL ($4 millones) x 63.78% = $2.551.200 (mesada de la pensión)
Cabe resaltar que si el afiliado desea continuar cotizando aún luego de cumplir con los requisitos mínimos podría aumentar el monto de su mesada.